Micelio
Auto8 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante De Oficio Procesado Ochoa Ramirez Rafael Ricardo Y Otros·Demandado Ochoa Ramirez Rafael Ricardo Y Otros

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones propuesto por la Fiscalía 12 ante el Juzgado 15 de Brigada de Valledupar contra la Fiscalía General de la Nación.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra de varios soldados campesinos, por resultar involucrados en un supuesto combate armado en el que resultó muerto uno de los atacantes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, concluyó la Corte que no se acreditó el subjetivo, en la medida en que no encontró pronunciamiento de la Jurisdicción Ordinaria Penal en la que expresamente haya controvertido o aceptado la competencia para conocer el caso referido.

Con base en lo anterior, la Sala Plena se inhibió de emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente a la fiscalía penal militar de origen para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

La Corporación consideró apremiante que la Fiscalía 12-J15B continúe con las labores investigativas y procesales a su cargo de manera prioritaria, o que remita por competencia el asunto en caso de considerarlo pertinente.

Lo anterior por cuenta de la fecha de los hechos investigados y la grave naturaleza de estos, para así evitar una denegación de justicia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia de competencia planteada por la Fiscalía 12 ante Juzgado 15 de Brigada de Valledupar - Cesar contra la jurisdicción ordinaria en su especialidad penal, respecto de la investigación penal adelantada contra Rafael Ricardo Ochoa Ramírez, Alberto Mario Pumarejo, Jorge Alberto Lozano, Jaider Andrés Daza Rodríguez, José Luis Contrera Romero y José Alonso Ávila Linares, por falta de los presupuestos para configurar un conflicto de jurisdicciones, de acuerdo con la parte motiva de la presente providencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU- 3047 a la Fiscalía 12 ante Juzgado 15 de la Brigada de Valledupar- Cesar, para lo de su competencia y, en particular, para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y continúe con las labores investigativas y procesales a su cargo, o remita por competencia el asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.